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Web, Wikis y Blog de profesores.

 

Blog:

Web:

Wiki:

  • En curso 01 06. Wiki para las asignaturas de 1º y 2º curso del ciclo superior de Administración y Finanzas.
  • Proyecto-e. Wiki de la asignatura Simulación Empresarial de 2º curso del ciclo superior de Administración y Finanzas.
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Tutores

 

ATENCIÓN DEL PROFESORADO A LAS FAMILIAS DE LOS ALUMNOS

La relación entre el Instituto Luis de Morales y las familias es fundamental para el seguimiento del proceso educativo de los alumnos. Cada alumno tiene un tutor de referencia -el tutor del grupo– con quien los padres y madres podrán entrevistarse, cuando lo estimen oportuno, en la hora de tutoría asignada y previa cita.

Si lo estiman necesario, también pueden entrevistarse con los profesores que imparten clase a sus hijos, para ello deberán consultar al tutor la hora de atención a padres y madres del profesor o profesores con los que quieren la entrevista.

Con el fin de poder recabar la mayor cantidad de información sobre la marcha académica de sus hijos rogamos comuniquen con suficiente antelación la visita al tutor, utilizando para ello los teléfonos que se indican.

Los tutores les comunicarán a través de sus hijos y mediante la paltaforma educativa Rayuela el horario en que podrán atenderles pero también pueden informarse de este horario a través de la Jefatura de Estudios y en los teléfonos siguientes.

Teléfonos de contacto: 927 005 260 y 927 005 261

 

Secretaría

MATRICULA

El plazo de matrícula para todas las enseñanzas está abierto durante la primera quincena del mes de JULIO. y durante la primera semana del mes de SEPTIEMBRE.

 

  • Documentación para la matrícula:

1/ Impreso de matrícula debidamente cumplimentado. Se obtiene en la secretaría del centro. También puedes descargar los impresos desde este enlace, debes seleccionar el impreso del curso en que te matriculas y luego descargar.

2/ Fotocopia del DNI Documento Nacional de Identidad (Sólo alumnos que se matriculan por primera vez) o en su defecto:

  • Fotocopia de la hoja de inscripción del Libro de Familia en donde figura el interesado.
  • Fotocopia del pasaporte (sólo para alumnos extranjeros).

3/ – Una fotografía actualizada de tamaño carné para los alumnos que se matriculan por primera vez en 1º de ESO, 3º de ESO, 1º de Bachillerato, 1º de Ciclos Formativos y 1º de FP Básica.

4/ – Justificante bancario del ingreso del importe del Seguro Escolar (los alumnos de 1º y 2º de ESO y mayores de 28 años están exentos de realizar este ingreso).

  • Oficina: Caja de Extremadura.
  • Titular de la cuenta: I.E.S. “Luis de Morales.
  • Concepto: Seguro escolar curso 20__ / 20__ (el que corresponda).
  • Número de cuenta IBAN: ES12 2048 1222 5134 0000 8721
  • Importe: (el que corresponda para cada curso)

5/ 5 sobres prefranqueados (sólo se pueden adquirir en las oficinas de Correos). Los sobres no deben contener la dirección y se utilizarán para enviar resúmenes de faltas de asistencia, notificaciones, boletines de notas, etc.

Importante:

a) Los alumnos que hayan modificado su domicilio y/o teléfono deberán comunicarlo en Secretaría.

b) Los alumnos procedentes de otros centros que se matriculen en 1º de Bachillerato o en 1º Ciclo Formativo de Grado Medio deberán entregar, además: Fotocopia compulsada del título de Educación Secundaria Obligatoria o en su defecto Certificado académico de ESO en el que figure la promoción al curso siguiente.

c) Los alumnos que se matriculen por primera vez en el Centro y que procedan de centros no adscritos, deberán aportar también certificación de traslado.

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Horario de Secretaría

El horario de Secretaría para atención al público es de lunes a viernes desde las 9:00 horas a las 14:00 horas.

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CALENDARIO ESCOLAR

Pulsa sobre este enlace y podrás acceder al calendario escolar del curso actual.

Contenido del calendario:

  • Fechas de incio y fin de curso.
  • Celebraciones pedagógicas en periodo lectivo.
  • Periodos no lectivos de Navidad, Semana Santa y verano.
  • Festividades.

 

Consejo Escolar

El Consejo Escolar es el órgano de participación de la Comunidad Educativa en el funcionamiento del Centro.
Los padres y madres de alumnos, el profesorado, el personal de administración y servicios y el Ayuntamiento de Arroyo de la Luz, todos estos sectores participan en la gestión del centro a través del Consejo Escolar.

Cómo funciona:

El consejo escolar se reunirá como mínimo una vez al trimestre y siempre que lo convoque la dirección del centro o lo solicite al menos un tercio de sus miembros.
Las reuniones del consejo escolar se celebrarán en el día y con el horario que posibiliten la asistencia de todos sus miembros.
Las reuniones ordinarias se convocarán por escrito al menos con una semana de antelación, acompañando a la convocatoria la documentación objeto de debate. Podrán realizarse además convocatorias extraordinarias con una antelación mínima de 48 horas.
El consejo escolar adoptará los acuerdos por mayoría simple salvo en los casos siguientes:

  • Aprobación del proyecto de presupuesto del centro y su ejecución, que se realizará por mayoría absoluta.
  • Aprobación del proyecto educativo y de las normas de organización y funcionamiento, así como sus modificaciones, que se realizará por mayoría de. dos tercios.
  • Propuesta de revocación del nombramiento del director/a, que se realizará por mayoría de dos tercios.
  • Aprobación del modelo de jornada escolar, que se realizará cuando voten a favor más de las tres cuartas partes de sus miembros presentes.

 

Competencias:

La Ley Orgánica de Educación (LOE) establece las competencias que le son asignadas en los centros públicos al Consejo Escolar.

a) Aprobar y evaluar los proyectos y las normas a los que se refiere el capítulo II del título V de la presente Ley. b) Aprobar y evaluar la programación general anual del centro sin perjuicio de las competencias del Claustro de profesores, en relación con la planificación y organización docente. c) Conocer las candidaturas a la dirección y los proyectos de dirección presentados por los candidatos. d) Participar en la selección del director del centro en los términos que la presente Ley establece. Ser informado del nombramiento y cese de los demás miembros del equipo directivo. En su caso, previo acuerdo de sus miembros, adoptado por mayoría de dos tercios, proponer la revocación del nombramiento del director.
e) Decidir sobre la admisión de alumnos con sujeción a lo establecido en esta Ley y disposiciones que la desarrollen.
f) Conocer la resolución de conflictos disciplinarios y velar porque se atengan a la normativa vigente. Cuando las medidas disciplinarias adoptadas por el director correspondan a conductas del alumnado que perjudiquen gravemente la convivencia del centro, el Consejo Escolar, a instancia de padres o tutores, podrá revisar la decisión adoptada y proponer, en su caso, las medidas oportunas.
g) Proponer medidas e iniciativas que favorezcan la convivencia en el centro, la igualdad entre hombres y mujeres y la resolución pacífica de conflictos en todos los ámbitos de la vida personal, familiar y social.
h) Promover la conservación y renovación de las instalaciones y equipo escolar y aprobar la obtención de recursos complementarios de acuerdo con lo establecido en el artículo 122.3.
i) Fijar las directrices para la colaboración, con fines educativos y culturales, con las Administraciones locales, con otros centros, entidades y organismos.
j) Analizar y valorar el funcionamiento general del centro, la evolución del rendimiento escolar y los resultados de las evaluaciones internas y externas en las que participe el centro.
k) Elaborar propuestas e informes, a iniciativa propia o a petición de la Administración competente, sobre el funcionamiento del centro y la mejora de la calidad de la gestión, así como sobre aquellos otros aspectos relacionados con la calidad de la misma.
l) Cualesquiera otras que le sean atribuidas por la Administración educativa.

Artículo 127 Competencias de la LEY ORGÁNICA 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (BOE núm. 106. Jueves 4 mayo 2006)

Composición:
Consejo Escolar.
Equipo Directivo:
  • Director.
  • Secretario.
  • Jefe de Estudios.
Profesores:
  • Siete representantes.
Padres de Alumnos:
  • Tres representantes.
Alumnos:
  • Cuatro representantes.
Personal de Administrción y Servicios:
  • Un representante.
Ayuntamiento:
  • Un representante.

C.C.P.

Competencias:

(Artículo 54 del R. D. 83/96 de 26 de enero de 1996)

    La
comisión de coordinación pedagógica tendrá, en relación con el régimen
de funcionamiento regulado en el Título V de este Reglamento, las
siguientes competencias:

a) Establecer las directrices generales para la elaboración y revisión de los proyectos curriculares de etapa.

b)
Supervisar la elaboración y revisión, así como coordinar y
responsabilizarse de la redacción de los proyectos curriculares de
etapa y su posible modificación, y asegurar su coherencia con el
proyecto educativo del instituto.

c) Establecer las directrices
generales para la elaboración y revisión de las programaciones
didácticas de los departamentos, del plan de orientación académica y
profesional y del plan de acción tutorial, incluidos en el proyecto
curricular de etapa.

d) Proponer al claustro los proyectos curriculares para su aprobación.

e) Velar por el cumplimiento y posterior evaluación de los proyectos curriculares de etapa.

f)
Proponer al claustro la planificación general de las sesiones de
evaluación y calificación y el calendario de exámenes o pruebas
extraordinarias, de acuerdo con la jefatura de estudios.

g)
Proponer al claustro de profesores el plan para evaluar el proyecto
curricular de cada etapa, los aspectos docentes del proyecto educativo
y la programación general anual, la evolución del rendimiento escolar
del instituto y el proceso de enseñanza.

h) Fomentar la
evaluación de todas las actividades y proyectos del instituto,
colaborar con las evaluaciones que se lleven a cabo a iniciativa de los
órganos de gobierno o de la Administración educativa e impulsar planes
de mejora en caso de que se estime necesario, como resultado de dichas
evaluaciones.


Composición:

 Comisión de Coordinación Pedagógica.
Equipo Directivo:
  • Director.
  • Jefe de Estudios.
  • Secretario.
 Jefes de Departamento:
  1. Administración y Gestión.
  2. Biología y Geología.
  3. Cultura Clásica.
  4. Educación Física.
  5. Educación Plástica y Visual.
  6. Filosofía.
  7. Física y Química.
  8. Francés.
  9. Geografía e Historia.
  10. Inglés.
  11. Lengua Castellana y Literatura.
  12. Matemáticas.
  13. Música.
  14. Religión.
  15. Orientación.
  16. Tecnología.
Otros:
  • Coordinador para las Tecnologías de la Información y de la Comunicación.

 

 Ejerce las funciones de secretario de la CCP el Jefe de Departamento más joven.