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Orientación

  • Qué estudio. Revista online de orientación educativa, el bachillerato, la formación profesional, la universidad, profesiones, etc.

Usar bien la web

 

Asociaciones y sindicatos.

Confederación Estatal de Estudiantes (CANAE)

  • Calle Montera 24 (piso 4º oficina C-1)
    28013 Madrid
    Teléfono: 91.521.09.94
    Fax: 91.531.74.19
    Dirección electrónica: info@canae.org
    Web:www.canae.org

Sindicato de Estudiantes

Federación de Asociaciones de Estudiantes Progresistas de España – «Giner de los Ríos» – FAEST

Unión Democrática de Estudiantes – UDE

 

 

Claustro

El Claustro de profesores es el órgano propio de participación de los profesores en el gobierno del centro y tiene la responsabilidad de planificar, coordinar, informar y, en su caso, decidir sobre todos los aspectos educativos del centro.

El Claustro será presidido por el director y estará integrado por la totalidad de los profesores que presten servicio en el centro.

Durante el curso se reúne al menos una vez al trimestre para hacer un seguimiento del curso, realizar propuestas al plan del Centro, revisar normas de funcionamiento, aportar criterios al calendario escolar, ser informado de la gestión del Centro, aprobar los aspectos académicos y docentes de la programación General Anual y la memoria del curso, etc.

El Claustro de profesores del IES "Luis de Morales" está formado por una plantilla que oscila entre 55 y 60 profesores y que prestan sus servicios en
este Instituto de Enseñanza Secundaria, distribuidos en 16
departamentos.


Las funciones del Claustro son las siguientes:

a) Formular al equipo directivo y al Consejo Escolar propuestas para la elaboración de los proyectos del centro y de la programación general anual.

b) Aprobar y evaluar la concreción del currículo y todos los aspectos educativos de los proyectos y de la programación general anual.

c) Fijar los criterios referentes a la orientación, tutoría, evaluación y recuperación de los alumnos.

d) Promover iniciativas en el ámbito de la experimentación y de la investigación pedagógica y en la formación del profesorado del centro.

e) Elegir sus representantes en el Consejo Escolar del centro y participar en la selección del director en los términos establecidos por la presente Ley.

f) Conocer las candidaturas a la dirección y los proyectos de dirección presentados por los candidatos.

g) Analizar y valorar el funcionamiento general del centro, la evolución del rendimiento escolar y los resultados de las evaluaciones internas y externas en las que participe el centro.

h) Informar las normas de organización y funcionamiento del centro.

i) Conocer la resolución de conflictos disciplinarios y la imposición de sanciones y velar por que éstas se atengan a la normativa vigente.

j) Proponer medidas e iniciativas que favorezcan la convivencia en el centro.

k) Cualesquiera otras que le sean atribuidas por la Administración educativa o por las respectivas normas de organización y funcionamiento.

 

 Artículo 128 y 129, Composición y Competencias 7 de la LEY ORGÁNICA 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (BOE núm. 106. Jueves 4 mayo 2006)

claustro de profesores

 

 

C.C.P.

Competencias:

(Artículo 54 del R. D. 83/96 de 26 de enero de 1996)

    La
comisión de coordinación pedagógica tendrá, en relación con el régimen
de funcionamiento regulado en el Título V de este Reglamento, las
siguientes competencias:

a) Establecer las directrices generales para la elaboración y revisión de los proyectos curriculares de etapa.

b)
Supervisar la elaboración y revisión, así como coordinar y
responsabilizarse de la redacción de los proyectos curriculares de
etapa y su posible modificación, y asegurar su coherencia con el
proyecto educativo del instituto.

c) Establecer las directrices
generales para la elaboración y revisión de las programaciones
didácticas de los departamentos, del plan de orientación académica y
profesional y del plan de acción tutorial, incluidos en el proyecto
curricular de etapa.

d) Proponer al claustro los proyectos curriculares para su aprobación.

e) Velar por el cumplimiento y posterior evaluación de los proyectos curriculares de etapa.

f)
Proponer al claustro la planificación general de las sesiones de
evaluación y calificación y el calendario de exámenes o pruebas
extraordinarias, de acuerdo con la jefatura de estudios.

g)
Proponer al claustro de profesores el plan para evaluar el proyecto
curricular de cada etapa, los aspectos docentes del proyecto educativo
y la programación general anual, la evolución del rendimiento escolar
del instituto y el proceso de enseñanza.

h) Fomentar la
evaluación de todas las actividades y proyectos del instituto,
colaborar con las evaluaciones que se lleven a cabo a iniciativa de los
órganos de gobierno o de la Administración educativa e impulsar planes
de mejora en caso de que se estime necesario, como resultado de dichas
evaluaciones.


Composición:

 Comisión de Coordinación Pedagógica.
Equipo Directivo:
  • Director.
  • Jefe de Estudios.
  • Secretario.
 Jefes de Departamento:
  1. Administración y Gestión.
  2. Biología y Geología.
  3. Cultura Clásica.
  4. Educación Física.
  5. Educación Plástica y Visual.
  6. Filosofía.
  7. Física y Química.
  8. Francés.
  9. Geografía e Historia.
  10. Inglés.
  11. Lengua Castellana y Literatura.
  12. Matemáticas.
  13. Música.
  14. Religión.
  15. Orientación.
  16. Tecnología.
Otros:
  • Coordinador para las Tecnologías de la Información y de la Comunicación.

 

 Ejerce las funciones de secretario de la CCP el Jefe de Departamento más joven.

 

 

 

 

 

Viaje de estudios

Viaje cultural por Europa

1º de Bachillerato y Ciclo Formativo de Gestión Administrativa

Itinerario: Paris – Brujas – Bruselas – Amsterdan
Fechas: una semana a finales de marzo y/o principios de abril

 

Los alumnos de primero de bachillerato y del ciclo formativo de grado medio de Gestión Administrativa realizan a lo largo del curso distintas actividades encaminadas a obtener fondos con los que financiar la excursión. Entre estas actividades destacan:

  • Venta de productos como bolígrafos, canlendarios, velas, mecheros, et.
  • Realización de desfiles.
  • Rifas.
  • Venta de loterías.
  • Abono de una cuota semanal.
  • Catina en la romería de «San Pedrino».

Información sobre los destinos:


 

País Historia de la Ciudad Información turística.
Francia.  París. Guía de turismo.
Belgica. Brujas. Guía de turismo.
Belgica. Brusselas. Guía de turismo.
Holanda (Paises Bajos). Amsterdan. Guía de turismo .

 

Documentos para llevar:

  1. Autorización paterna.
  2. Documernto nacional de identidad (sin caducar).
  3. Tarjeta de la Seguridad Social.
  4. Permiso de la Guardia Civil para salir al extranjero (sólo para menores).

Datos de Interés:


EMBAJADA EN PARÍS

Dirección:    22, Av. Marceau.-75381 Paris Cédex 08.
Teléf.: 144 43 18 00.
Fax:    147 20 56 69 y 147 23 59 55.
Email:    ambespfr@mail.mae.es

CONSULADO EN PARÍS

Dirección:    165, Bld. Malesherbes.-75840 Paris Cédex 17.
Teléfo no: 01 44 29 40 00.
Fax:    01 40 54 04 74 y 01 40 53 88 28.
Email:    cgesp.paris@mail.mae.es

EMBAJADA EN BRUSELAS

Dirección:    19, rue de la Science.-1040 Bruxelles.
Teléfono:    230 03 40.
Fax:    230 93 80 y 230 01 62.
Email:    ambespbe@mail.mae.es

CONSULADO EN AMSTERDAM

Dirección:    Frederiksplein, 34.-1017 XN Amsterdam.
Teléfono:    0031 20 – 620 38 11, 620 35 51 y 620 34 71.
Fax:    0031 20 – 638 08 36 y 627 49 67.
Email:    cgespamsterdam@mail.mae.es

Datos procedentes de conpapeles.com

 

Llamadas telefónicas:


 

 

Desde Europa hacia España utilizando teléfono FIJO. (Códigos de acceso a España Directo)

País de origen y Operadora
Nº de acceso
Bélgica (BELGACOM) 0 800 100 34
Francia (TELECOM) 0 800 99 00 34
Países Bajos (Holanda) (KPN) 0800 02 20 034

 

Desde España hacia Europa llamando a un teléfono MOVIL.

 

País al que se llama
Prefijo
Bélgica 00 32
Francia (TELECOM) 00 33
Países Bajos (Holanda) (KPN) 00 31

 

No te lo pierdas:


Brujas

Bruselas

Amsterdam

 

 

 

 

 

 

Consejo Escolar

El Consejo Escolar es el órgano de participación de la Comunidad Educativa en el funcionamiento del Centro.
Los padres y madres de alumnos, el profesorado, el personal de administración y servicios y el Ayuntamiento de Arroyo de la Luz, todos estos sectores participan en la gestión del centro a través del Consejo Escolar.

Cómo funciona:

El consejo escolar se reunirá como mínimo una vez al trimestre y siempre que lo convoque la dirección del centro o lo solicite al menos un tercio de sus miembros.
Las reuniones del consejo escolar se celebrarán en el día y con el horario que posibiliten la asistencia de todos sus miembros.
Las reuniones ordinarias se convocarán por escrito al menos con una semana de antelación, acompañando a la convocatoria la documentación objeto de debate. Podrán realizarse además convocatorias extraordinarias con una antelación mínima de 48 horas.
El consejo escolar adoptará los acuerdos por mayoría simple salvo en los casos siguientes:

  • Aprobación del proyecto de presupuesto del centro y su ejecución, que se realizará por mayoría absoluta.
  • Aprobación del proyecto educativo y de las normas de organización y funcionamiento, así como sus modificaciones, que se realizará por mayoría de. dos tercios.
  • Propuesta de revocación del nombramiento del director/a, que se realizará por mayoría de dos tercios.
  • Aprobación del modelo de jornada escolar, que se realizará cuando voten a favor más de las tres cuartas partes de sus miembros presentes.

 

Competencias:

La Ley Orgánica de Educación (LOE) establece las competencias que le son asignadas en los centros públicos al Consejo Escolar.

a) Aprobar y evaluar los proyectos y las normas a los que se refiere el capítulo II del título V de la presente Ley. b) Aprobar y evaluar la programación general anual del centro sin perjuicio de las competencias del Claustro de profesores, en relación con la planificación y organización docente. c) Conocer las candidaturas a la dirección y los proyectos de dirección presentados por los candidatos. d) Participar en la selección del director del centro en los términos que la presente Ley establece. Ser informado del nombramiento y cese de los demás miembros del equipo directivo. En su caso, previo acuerdo de sus miembros, adoptado por mayoría de dos tercios, proponer la revocación del nombramiento del director.
e) Decidir sobre la admisión de alumnos con sujeción a lo establecido en esta Ley y disposiciones que la desarrollen.
f) Conocer la resolución de conflictos disciplinarios y velar porque se atengan a la normativa vigente. Cuando las medidas disciplinarias adoptadas por el director correspondan a conductas del alumnado que perjudiquen gravemente la convivencia del centro, el Consejo Escolar, a instancia de padres o tutores, podrá revisar la decisión adoptada y proponer, en su caso, las medidas oportunas.
g) Proponer medidas e iniciativas que favorezcan la convivencia en el centro, la igualdad entre hombres y mujeres y la resolución pacífica de conflictos en todos los ámbitos de la vida personal, familiar y social.
h) Promover la conservación y renovación de las instalaciones y equipo escolar y aprobar la obtención de recursos complementarios de acuerdo con lo establecido en el artículo 122.3.
i) Fijar las directrices para la colaboración, con fines educativos y culturales, con las Administraciones locales, con otros centros, entidades y organismos.
j) Analizar y valorar el funcionamiento general del centro, la evolución del rendimiento escolar y los resultados de las evaluaciones internas y externas en las que participe el centro.
k) Elaborar propuestas e informes, a iniciativa propia o a petición de la Administración competente, sobre el funcionamiento del centro y la mejora de la calidad de la gestión, así como sobre aquellos otros aspectos relacionados con la calidad de la misma.
l) Cualesquiera otras que le sean atribuidas por la Administración educativa.

Artículo 127 Competencias de la LEY ORGÁNICA 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (BOE núm. 106. Jueves 4 mayo 2006)

Composición:
Consejo Escolar.
Equipo Directivo:
  • Director.
  • Secretario.
  • Jefe de Estudios.
Profesores:
  • Siete representantes.
Padres de Alumnos:
  • Tres representantes.
Alumnos:
  • Cuatro representantes.
Personal de Administrción y Servicios:
  • Un representante.
Ayuntamiento:
  • Un representante.